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Sin Fronteras IAP “Por un mundo Sin Fronteras”

Emergencia climática y movilidad humana: la Corte IDH establece obligaciones estatales para la protección de derechos humanos

Ciudad de México, 4 de julio de 2025.- Desde Sin Fronteras IAP presentamos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos un escrito en calidad de Amicus Curiae, en el marco de la solicitud de Opinión Consultiva Chile-Colombia impulsada por dichos Estados sobre «Emergencia climática y derechos humanos», con el objetivo de aclarar el alcance de las obligaciones estatales de quienes forman parte del Sistema Interamericano para atender la emergencia climática en su dimensión colectiva, individual y transversal, especialmente con la relación a los procesos de movilidad humana.

En este marco, el pasado 3 de julio, la Corte Interamericana de Derechos Humanos publicó su Opinión Consultiva OC-32/25 en respuesta a la solicitud de los Estados de Chile y Colombia, donde destaca diversas obligaciones generales de los Estados con relación a las emergencias climáticas:

  • La Corte exhorta a trabajar bajo un esquema de responsabilidades compartidas entre los actores involucrados, considerando el carácter de los Estados como territorios de origen, tránsito, destino y sociedades de acogida.
  • La Opinión Consultiva reconoce que los efectos adversos del cambio climático generan un aumento en el número de personas expuestas a enfermedades físicas y mentales, desplazamientos, pérdidas culturales, hambre, inseguridad hídrica, falta de trabajo y pobreza.
  • La Corte reconoce la intersección de vulnerabilidades que presentan las infancias y adolescencias: considera que los Estados deben de adoptar las medidas necesarias para garantizar que las infancias tengan acceso a servicios y sistemas de salud integrales.
  • La Opinión Consultiva afirma que las políticas de mitigación y adaptación al cambio climático deben integrar los derechos humanos. Los Estados tienen la obligación de reparar las pérdidas y daños causados por la crisis climática.
  • La Corte reconoce el desplazamiento o migración por cambio climático y sus efectos psicosociales como: trauma, ansiedad, estrés, pérdida de redes sociales y sentido de pertenencia. Su fallo obliga a crear medidas de adaptación con enfoque psicosocial, políticas públicas integrales, protección civil y sistemas de salud.

Desde Sin Fronteras IAP, refrendamos la importancia de visibilizar la movilidad humana causada por los efectos adversos del cambio climático –considerando los inmediatos y aquellos de lenta aparición– como una emergencia que requiere atención urgente desde un enfoque de derechos humanos e instamos a continuar reconociendo el impacto psicosocial que estos efectos tienen en las personas, particularmente en aquellas en situación de mayor vulnerabilidad como mujeres, jóvenes y las infancias.

Asimismo, reconocemos la labor de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por continuar emitiendo directrices orientadoras para los Estados en la garantía y protección de los derechos humanos, este es un comienzo de la lucha de las personas en movilidad causada por los efectos adversos del cambio climático. Finalmente, exhortamos a los Estados a desarrollar políticas y acciones de mitigación y adaptación para las personas desplazadas quienes enfrentan las consecuencias del cambio climático, bajo un enfoque de responsabilidades compartidas y con estricto apego a los derechos humanos.

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